Corte de Santiago.
Vulnera el principio de inmediación laboral extender la audiencia de juicio por más de un año y nueve meses.
En la especie, la audiencia de juicio se desarrolló en seis audiencias, lo que resulta exorbitado y fuera de norma para un juicio entre un único trabajador y una sola empresa.

La Corte de Santiago acogió el recurso de nulidad interpuesto por la demandante en contra de la sentencia dictada por el 1° Juzgado del Trabajo de Santiago, por vulnerar el principio de inmediación.
La demandante funda su arbitrio en la causal prevista en el artículo 478 letra d) del Código del Trabajo. Indica que la sentencia fue dictada con expresa vulneración a la inmediación, en base a la excesiva dilación del juicio. Subsidiariamente, invoca los motivos previstos en el artículo 478 letra e) del Código Laboral; artículo 477 en relación a los artículos 459 Nº5 y N°7 del mismo texto legal y 144 del Código de Procedimiento Civil; y 477 por infracción al artículo 489 del Estatuto Laboral.
Respecto de la causal principal, la Corte de Santiago refiere que, revisado el sistema computacional de tramitación de causas laborales (SITLA), se puede constatar que la audiencia de juicio se fraccionó en seis audiencias, realizadas entre el 14 de enero de 2020 al 31 de agosto de 2021, dictándose sentencia el 30 de octubre del mismo año, pese a que se había dispuesto que ello ocurriría el 11 de septiembre.
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