En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma fallo que acogió denuncia contra importadora por prácticas antisindicales.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que condenó a la empresa a pagar una multa de 50 UTM y adoptar una serie de acciones de reparación, por haber incurrir en prácticas contrarias a la libertad sindical.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la denuncia por prácticas antisindicales interpuesta por el Sindicato Nacional de Empresa Importadora Café do Brasil S.A.
La sentencia sostiene que la ley procesal laboral permite esgrimir más de una causal en un mismo recurso y autoriza también al recurrente para hacerlo en forma conjunta, como se hiciera en este caso. Sin embargo, en el caso de deducirlas conjuntamente se requiere que las causales invocadas sean compatibles o que no se contrapongan, porque de lo contrario se torna racionalmente imposible su resolución.
La resolución agrega que en este caso de autos, son del todo incompatibles, pues la primera parte de la idea que se ha dado a un medio de prueba un valor de presunción de veracidad que excedería el marco del artículo 23 del DFL N° 2 del ministerio del Trabajo, y la segunda parte de la base que en el análisis de la prueba, no se da razón suficiente para resaltar aquellas partes que eran contrarias a la empresa denunciada, ignorando aquellos aspectos que le eran favorables, entendiendo que se ha hecho una selección adversa sesgada a favor de la tesis de la denuncia.
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