En fallo unánime.
Corte Suprema mantiene fallo que acogió tutela laboral de funcionario despedido por razones políticas del Servicio de Salud Arauco
El máximo Tribunal estableció que la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, no emitió pronunciamiento sustancial sobre la materia que se pretende unificar.

En fallo unánime, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que acogió denuncia de tutela laboral presentada por un funcionario del Servicio de Salud Arauco, despedido con vulneración a la prohibición constitucional de discriminación arbitraria por razones políticas.
La sentencia indica que el recurso propone como asunto para su unificación acerca de la correcta aplicación y alcance del artículo 489 del Código del Trabajo, en relación a la procedencia del lucro cesante, en los casos relativos a los contratos a plazo fijo, de trabajadores que han prestado servicios para una repartición pública, cuando se les haya puesto término anticipado por medio de un acto declarado vulneratorio de derechos fundamentales.
La resolución agrega que, sin embargo, conforme fluye de la lectura de la decisión impugnada, en lo pertinente a la materia fundante del recurso, esta no tiene un pronunciamiento de fondo, por cuanto rechazó el arbitrio planteado por consideraciones ajenas a la materia propuesta.
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