Reforma constitucional.
Iniciativa propone autonomía constitucional para actual Dirección del Trabajo.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

La moción de los senadores Bianchi, Chahuán, Guillier, Prokurica y Quinteros expone que, en el contexto de la discusión del proyecto de ley de modernización institucional y fortalecimiento de la Dirección del Trabajo, se quiere fortalecer su institucionalidad, convirtiéndolo en un organismo autónomo y jerarquizado, que se encargue de fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales, previsionales y de higiene y seguridad en el trabajo, tanto aquellas que sean regidas por el Código del Trabajo tanto aquellas que se rijan por las leyes o estatutos que regulan las relaciones y contratos del personal de todos los órganos del Estado. En efecto, actualmente este servicio público llamado a fiscalizar las relaciones laborales, no obstante su carácter descentralizado, posee una dependencia directa de la Presidenta de la Republica y del Ministerio del Trabajo, por lo que obviamente carece de la mínima independencia para poder fiscalizar al Estado, puesto que difícilmente fiscalizara a su superior jerárquico del cual depende. Sumado a lo anterior, la misma Dirección del Trabajo ha interpretado continuamente que ella no posee atribuciones para fiscalizar ni pronunciarse sobre las relaciones laborales del sector público, por lo que cualquier reclamo que provenga de trabajadores de dicho sector es de plano desestimado por la Dirección.
Por tanto, la moción propone la creación de un nuevo órgano de rango constitucional que con funciones semejantes a las que posee en la actualidad, sea el encargado de resguardar las relaciones laborales de todo el país, sin excluir ninguna, ya sea del sector privado o público. Además dicho rango constitucional, semejante al de la Contraloría General de la República o al del Tribunal Constitucional, le permitirá tener la suficiente independencia y autonomía para fiscalizar sin problemas ni complejos al Estado, sin importar quien sea la autoridad que se encuentre de turno.
Por lo anterior, la moción modifica la Constitución Política incorporando un nuevo Capítulo X A) que dispone lo siguiente:
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