Tras 25 años de servicio.
Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno ordena a Banco indemnizar a guardia de seguridad por despido indebido.
El Tribunal dio lugar a la acción judicial presentada, tras desestimar la causal de incumplimiento de contrato esgrimida por la demandada y ordenó al Banco Estado pagar una indemnización de $30.352.649, más reajustes e intereses.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno acogió la demanda laboral interpuesta en contra de Banco Estado por guardia de seguridad, quien fue desvinculado de la institución tras 25 años de servicio por disparar accidentalmente arma de servicio.
La sentencia sostiene que de los antecedentes aportados en autos, se pude observar que la conducta desplegada por el actor no reviste las características de gravedad necesarias para configurar la causal de despido invocada. En otras palabras, no se advierte que el actor al momento de manipular el arma hubiera intentado comprometer su integridad ni la de terceros, ni la infraestructura del banco. De esta manera, sólo cabe concluir que los dos disparos consecutivos fueron consecuencia de un desafortunado accidente al momento que el actor maniobraba el arma para descargar las municiones desde su interior.
La resolución agrega que la prueba transcrita en el considerando precedente, permiten concluir en primer término, que la demandada el día sábado 29 de julio de 2017, no contaba con autorización administrativa de la autoridad competente para disponer de un vigilante privado con armamento y, por otro lado, la jefatura del banco no informó a Carabineros de Chile del incidente acontecido dicho día, lo que denota de cierta forma que las autoridades de la institución bancaria entendieron que se encontraban en presencia de un incidente de connotación menor, lo cual queda corroborado en el hecho que el actor después de ocurrido el accidente siguió cumpliendo sus funciones de guardia privado por el lapso de 2 meses.
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