Diario Constitucional

Ambiente laboral hostil prolongado en el tiempo.

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda de tutela de derechos fundamentales por acoso laboral y vulneración a integridad síquica del actor.

Se dan todos los elementos constitutivos del acoso laboral, por lo que procede acoger la acción de tutela interpuesta por un funcionario de Carabineros.

Por Redacción·02 de enero de 2018·3 min de lectura
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda de tutela de derechos fundamentales por acoso laboral y vulneración a integridad síquica del actor.
Referencial

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de tutela de derechos fundamentales por acoso laboral y vulneración a la integridad síquica del actor, al concluir que se dan todos los elementos constitutivos del acoso laboral, esto es, la existencia de un proceso prolongado en el tiempo, en que dos sujetos, realizan actuaciones que crearon un ambiente laboral hostil al denunciante, afectando su dignidad personal y su salud, y su estabilidad en el empleo.

El fallo señala que se puede observar que el demandante sufrió durante el ejercicio de sus funciones una afectación sicológica que se produjo durante el periodo en que fue sancionando. Esta sanción, fue producto de un proceso que la superioridad jerárquica de la propia institución demandada consideró injusto, por falta de posibilidades de participación en dicho proceso por parte del denunciante. Pese a ello, los jefes directos del denunciante insistieron en la afectación de la estabilidad en el empleo del denunciante, calificándolo en una lista en la que nunca antes había estado, colocándolo en el grupo de más bajas calificaciones, y sólo teniendo como fuente: un proceso sancionatorio nulo y el hecho de que el actor haya tenido licencias médicas. Este hecho debe ser considerado agraviante y afecta no sólo la garantía a la integridad física invocada además del mobbing, sino de la no discriminación, del debido proceso, de la estabilidad en el empleo, entre otros. Se trata de un acto pluriofensivo. Un proceso que se ha fundado en hechos vulneratorios de derechos, no puede sino ser calificado de injusto y debe ser corregido por la vía de la tutela.

Añade la sentencia, que tratándose el acoso laboral de un ilícito laboral cuyos indicios no pueden ser sometidos a un juicio de proporcionalidad, no procede hacer análisis de la racionalidad o proporcionalidad de las medidas adoptadas. Además, siendo la afectación de la integridad física y sicológica del demandante, consecuencia, según se ha razonado, de esta afectación, tampoco se aplicará dicha ponderación en relación a esta garantía.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.