Libre elección del trabajo y no discriminación.
Juzgado del Trabajo de Antofagasta acogió tutela laboral contra Gobierno Regional por término anticipado de contrata de funcionaria.
es altamente probable que la salida de la denunciante haya sido motivada por razones de discriminación de esa naturaleza.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta acogió demanda de tutela de derechos fundamentales deducida por una funcionaria contra el Gobierno Regional de Antofagasta debido al término anticipado de su contrata.
En su sentencia, el tribunal indicó que el Programa de Infraestructura Rural a la que se encontraba adscrita la actora no fue eliminado como se señaló en la resolución que dispuso el término anticipado de la contrata. En razón de ello, tampoco era necesaria su separación del servicio, pudiendo incluso indicarse, que a la denunciante le asistía la confianza legítima de que se mantendría en sus funciones a lo menos hasta el término del plazo contemplado en la Resolución que la designó, esto es hasta el 31 de diciembre, concluyéndose que la desvinculación efectuada no se ajustó a derecho.
En consecuencia, el hecho de no renovar la contrata de la denunciante, en los términos en que ha sido justificada la terminación anticipada de la contrata por el órgano denunciado, afecta de manera cierta y concreta el ejercicio efectivo del derecho a la libre elección del trabajo, que consagra el numeral 16 del artículo 19 de la Constitución Política, pues habiendo la funcionaria efectivamente elegido u optado por ser funcionaria de gobierno a Contrata, dicha opción ha sido limitada o derechamente imposibilitada por la denunciada, sin justificación como ha quedado establecido, cuestión que afecta su integridad síquica, ocasionándole un perjuicio conforme queda establecido en el informe sicológico incorporado por la denunciante, por lo que de esta perspectiva, también se ha vulnerado la garantía del artículo 19 N°1 de la Carta Fundamental.
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