Se acoge demanda.
Juzgado Laboral condena a empresa de alimentos por prácticas antisindicales y ordena reincorporación de trabajadoras a sus tareas habituales y pago de remuneraciones adeudadas.
La resolución agrega que, se asientan fehacientemente los presupuestos de la acción, no ya de la aportación de elementos indiciarios que exige la norma del artículo 493, sino de la demostración cumplida de la actuación de mala fe de la empleadora.

El Segundo Juzgado de Letras de Trabajo de Santiago acogió la demanda por práctica antisindical presentada en contra de la empresa de servicios de alimentación Consorcio Merkén SpA, por despido de trabajadoras involucradas en proceso negociación colectiva, en enero del año pasado.
La sentencia indica que se colige que existe norma legal que ampara la continuidad del proceso de negociación colectiva iniciado con la presentación del proyecto de contrato de 6 de julio de 2018 presentado por los cinco sindicatos interempresa, no obstante la interposición de impugnaciones y reclamaciones y, con ello, del amparo jurídico que suministra el fuero de negociación colectiva de los trabajadores y trabajadoras involucrados en el proceso, siendo improcedente toda tesis que limite los derechos y garantías que la legislación prevé para tal proceso, incluso a pretexto de la extensión temporal del iternegocial, por efecto de las impugnaciones.
La resolución agrega que, se asientan fehacientemente los presupuestos de la acción, no ya de la aportación de elementos indiciarios que exige la norma del artículo 493, sino de la demostración cumplida de la actuación de mala fe de la empleadora, al despedir a cuatro trabajadoras involucradas en la negociación contrariando el artículo 309 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 340, g), ambos del Código del Trabajo.
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