Diario Constitucional

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Para ordenar el pago de cotizaciones previsionales a consecuencia de la declaración de existencia de relación laboral del funcionario ya pensionado que estaba contratado a honorarios, es necesario que haya manifestado oportunamente su intención de cotizar.

La demandante se pensionó antes de ingresar a trabajar para el demandado y en ningún momento manifestó su intención de cotizar ni señaló el sistema previsional que recibiría la pensión.

Por Redacción·30 de octubre de 2022·4 min de lectura
Cotizaciones previsionales deben ser pagadas con los respectivos intereses, si la relación entre las partes ha sido declarada como laboral.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que desestimó el recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, que acogió parcialmente una demanda de declarativa de relación laboral y despido injustificado.

Una ex funcionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores demandó al Fisco, solicitando la declaración de relación laboral, despido injustificado, y nulidad del despido.

La actora indica que desde 1991 hasta el 31 de agosto de 2019, prestó servicios para el demandado mediante sucesivos contratos de honorarios. Menciona que ingresó a trabajar al Ministerio luego de pensionarse en 1990 como funcionaria de contraloría, por lo que no manifestó expresamente su intensión de cotizar cuando fue contratada civilmente por el demandado.

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