En fallo dividido.
TC acogió inaplicabilidad que impugnaba normas que regulan exclusión temporal para contratar con el Estado a quienes tengan condenas laborales por práctica antisindicales.
En su sentencia, expone en síntesis la Magistratura Constitucional que afectado no tiene una posibilidad de discutir la procedencia o extensión de la sanción que en virtud de la norma reprochada se le impone.

El TC acogió un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 294 bis del Código del Trabajo y el artículo 4 inciso primero de la ley N° 19.886.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de unificación de jurisprudencia de que conoce la Corte Suprema, en los que la requirente fue denunciada ante la Inspección del Trabajo de Antofagasta por una supuesta práctica antisindical en contra de una empleada, lo que ha imposibilitado a la Clínica requirente contratar con el Estado por dos años.
La requirente estimaba que la aplicación de los preceptos impugnados vulneraría la igualdad ante la ley, el debido proceso, la libertad de trabajo y su protección y el derecho de propiedad. Esto, toda vez que la norma impugnada impone una sanción manifiestamente desproporcionada, respecto a la lesión de los intereses protegidos. Luego, indica que nunca ha existido una formulación de cargos específica, no se ha podido defender ni presentar pruebas. En definitiva, aduce que la sanción no se ha aplicado por medio de una sentencia o acto administrativo que examine la proporcionalidad y razonabilidad de la sanción, lo que viene transgrede su derecho de propiedad y de libertad de trabajo y su protección.
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Prescripción.
CGR determinó que derecho al pago de cotizaciones previsionales por período en el cual el recurrente hizo su servicio militar se encuentra prescrito.

Fallo dividido.
TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe derecho a recurrir y que incidiría en juicio laboral por práctica antisindical.

Dictamen.
Dirección del Trabajo indicó directrices que deben tomar los empleadores con ocasión de la propagación del coronavirus en relación a los servicios prestados por los trabajadores.

