Protección penal a conductores
Agresiones contra conductores de buses, transporte escolar y aplicaciones podrían tener penas más severas
Un proyecto de ley presentado por el diputado Javier Olivares (A), que cuenta con el patrocinio de los parlamentarios Patricio Briones, Flor Contreras, Paula Olmos, Alex Nahuelquín, Pier Karlezi, Daniel Valenzuela, Álvaro Jofré, Fabián Ossandón y Claudia Mora, propone modificar el Código Penal…

Un proyecto de ley presentado por el diputado Javier Olivares (A), que cuenta con el patrocinio de los parlamentarios Patricio Briones, Flor Contreras, Paula Olmos, Alex Nahuelquín, Pier Karlezi, Daniel Valenzuela, Álvaro Jofré, Fabián Ossandón y Claudia Mora, propone modificar el Código Penal para incorporar una circunstancia agravante de responsabilidad penal aplicable a los delitos cometidos contra conductores del transporte público, escolar y de vehículos que prestan servicios mediante aplicaciones tecnológicas.
La iniciativa busca otorgar una mayor protección penal a quienes desempeñan estas labores, considerando su exposición a situaciones de violencia durante el traslado de pasajeros.
En sus fundamentos, los autores destacan que el transporte de pasajeros cumple una función esencial para el desplazamiento diario de millones de personas hacia sus lugares de trabajo, establecimientos educacionales y centros de salud. Sin embargo, advierten que los conductores de buses, taxis colectivos, furgones escolares y vehículos de aplicaciones enfrentan frecuentes agresiones que ponen en riesgo su integridad física y psicológica.
Como antecedente, la moción recuerda que la legislación chilena ya contempla mecanismos de protección penal reforzada para trabajadores especialmente expuestos a hechos de violencia. Entre ellos menciona la Ley N°21.188, conocida como “Ley Consultorio Seguro”, que aumentó las sanciones por amenazas y lesiones cometidas contra trabajadores de la salud y de la educación.
Para dimensionar el problema, el proyecto cita un estudio realizado en 2023 por el Directorio de Transporte Público Metropolitano (DTPM), en el que participaron 1.820 conductores del sistema RED Movilidad. De ellos, más de mil señalaron que trabajaban en sectores con altos niveles de robos, mientras que cerca de novecientos identificaron zonas donde se registraban agresiones recurrentes.
Asimismo, señala que en marzo de 2025 se identificaron 131 zonas consideradas de alto riesgo en Santiago. Entre los episodios mencionados figura el ataque contra un conductor que recibió el impacto de una piedra y debió someterse a dos cirugías de reconstrucción facial, además de un año de rehabilitación.
Los parlamentarios advierten que la violencia contra los conductores no se limita a la Región Metropolitana. Como ejemplos, mencionan una agresión ocurrida en abril de 2026 en San Pedro de la Paz, Región del Biobío; asaltos armados registrados en Quintero, Región de Valparaíso, que llevaron al sindicato de buses Sol del Pacífico a evaluar paralizaciones; y la golpiza sufrida en septiembre de 2026 por un conductor de 73 años en Temuco, Región de La Araucanía, quien contaba con más de cuatro décadas de trayectoria laboral.
Pese a estos antecedentes, los autores sostienen que el artículo 12 del Código Penal, que establece las circunstancias agravantes generales de responsabilidad penal, no contempla una disposición específica que considere la especial exposición a la violencia de quienes conducen vehículos destinados al transporte de pasajeros.
Por ello, proponen incorporar una agravante de carácter general, aplicable a los distintos delitos que puedan cometerse contra estos trabajadores mientras ejercen sus funciones o como consecuencia de ellas. Su finalidad es permitir que los tribunales consideren esta circunstancia al determinar la responsabilidad penal y la sanción correspondiente.
La moción recoge experiencias internacionales de protección penal a conductores del transporte de pasajeros. En Italia, su condición de encargados de un servicio público permite aplicar una agravante penal; en Estados Unidos, estados como Nueva York y Ohio contemplan sanciones especiales por agresiones contra estos trabajadores, incluidas penas de prisión y restricciones de uso del transporte; mientras que en Alemania estos hechos pueden sancionarse mediante las normas sobre lesiones y delitos contra la seguridad del tránsito.
El proyecto propone incorporar un nuevo numeral 27 al artículo 12 del Código Penal para establecer como circunstancia agravante la comisión de delitos contra conductores del transporte público, escolar y de aplicaciones tecnológicas, mientras desempeñen sus funciones o con ocasión de ellas. Para delimitar su aplicación, la iniciativa remite expresamente a la Ley de Tránsito y a la Ley N° 21.553, que regula el transporte remunerado de pasajeros mediante aplicaciones.
De esta manera, la propuesta busca reforzar la protección penal de los conductores del transporte de pasajeros, permitiendo que los delitos cometidos en su contra durante el desempeño de sus labores, o por motivos relacionados con ellas, sean sancionados considerando una nueva circunstancia agravante de responsabilidad penal.
Vea texto moción Boletín N°18.696-07 y siga su tramitación aquí.
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