Diario Constitucional

Moción.

Diputados ingresan proyecto de ley que incorpora segunda vuelta a las elecciones de Alcalde.

El candidato a Alcalde deberá obtener a lo menos el 50% más uno de los sufragios válidamente emitidos para resultar electo.

Por Redacción·22 de enero de 2021·2 min de lectura
Fuente: El Heraldo Austral.
Referencial

La iniciativa, patrocinada por las Diputadas Pamela Jiles, Joanna Pérez, Claudia Mix y Alejandra Sepúlveda, en conjunto con los Diputados Ricardo Celis, Iván Flores, Félix González y Raúl Saldívar, modifica la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, para establecer como requisito ineludible que las candidaturas a Alcalde obtengan a lo menos el 50% más uno de los sufragios válidamente emitidos para resultar electos y en el caso que ninguno de los candidatos consiga la mayoría absoluta, se realice una segunda votación circunscrita a las candidaturas que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas.

El proyecto expone que es importante dotar de la mayor legitimidad posible a las autoridades locales electas mediante votación popular, ya que obliga a los candidatos a presentar propuestas y programas más inclusivos con el fin de representar a la mayor cantidad de habitantes, promoviendo el pluralismo y la apertura hacia nuevas ideas en las futuras candidaturas. La tendencia de establecer una “segunda vuelta” en las elecciones de gobiernos locales es cada vez mayor y se practica en países como Brasil, Italia y Colombia.

Con el fin de establecer que las candidaturas a Alcalde deban obtener a lo menos el 50% más uno de los sufragios válidamente emitidos para resultar electas, la iniciativa propone modificar el artículo 127 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en los siguientes términos:

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