Reforma constitucional.
Iniciativa que define organismos encargados de la supervigilancia y control de las armas quedó en condiciones de ser votada en la Sala del Senado.
El cuerpo legal que regula la materia es la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Explosivos, que dispone que el organismo fiscalizador, a que hace alusión la Carta Fundamental, es la Dirección General de Movilización Nacional.La moción patrocinada por la Senadora Alvear y los Senadores Pizarro y Sabag observa que la citada ley…

El cuerpo legal que regula la materia es la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Explosivos, que dispone que el organismo fiscalizador, a que hace alusión la Carta Fundamental, es la Dirección General de Movilización Nacional. La moción patrocinada por la Senadora Alvear y los Senadores Pizarro y Sabag observa que la citada ley dispone que “las autorizaciones sobre tenencia deberán otorgarse por las Comandancias de Guarnición de las Fuerzas Armadas o por la Autoridad de Carabineros de Chile de mayor jerarquía…”, norma, señalan, que pierde eficacia luego de la reforma constitucional que dispuso que “las fuerzas de orden y seguridad pública, Carabineros e Investigaciones, pasaron a depender, ya no del ministerio en cuya cartera radica la Defensa Nacional, sino del ministerio encargado de la Seguridad Pública. De este modo, como efecto de este cambio de dependencia de Carabineros”, ésta institución quedaría fuera de tales tareas. A fin de subsanar el vacío que se producirá cuando entre en funciones ese nuevo Ministerio y dar sustento constitucional a la labor de Carabineros de Chile en el ámbito del control y supervigilancia de las armas, y a la vez permitirle al legislador que entregue su control a más de una Secretaría de Estado u órganos dependientes de ellas, la iniciativa sustituye el inciso segundo del artículo 103 de la Constitución por la siguiente disposición: “La ley determinará el o los ministerios o el o los órganos de su dependencia que ejercerán la supervigilancia y el control de las armas”.
Vea texto íntegro de la moción, informes, discusión y tramitación.
Vea texto de la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Explosivos.
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