El 1 de agosto entró en vigor la Ley N°21.643.
Ley Karin: Cómo abordarla desde el Directorio.
El principal objetivo de la Ley Karin es es disponer las modificaciones legales necesarias a fin de promover al interior de cada lugar de trabajo una cultura de sano trato entre los propios trabajadores, y de los empleadores para con sus trabajadores, todo lo cual supone que todos los integrantes del lugar de trabajo asuman esta necesidad de un ambiente laboral sano y seguro como una responsabilidad colectiva.

En una reciente publicación del Instituto de Directores se da a conocer el artículo «Ley Karin: Cómo abordarla desde el Directorio».
El 1 de agosto entró en vigor la Ley N°21.643, también conocida como la Ley Karin, la cual modifica el código del trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo. Para comprender esta normativa y conocer cuál es el rol del directorio frente al tema, recibimos en el Instituto de Directores de Chile a Fernando Arab, Socio en Arab Abogados y ex Subsecretario del Trabajo en el gobierno del ex Presidente Sebastián Piñera, quien explicó las principales implicancias de la ley y cuáles son los puntos en que el Directorio debe tener mayor influencia.
El principal objetivo de la Ley Karin es es disponer las modificaciones legales necesarias a fin de promover al interior de cada lugar de trabajo una cultura de sano trato entre los propios trabajadores, y de los empleadores para con sus trabajadores, todo lo cual supone que todos los integrantes del lugar de trabajo asuman esta necesidad de un ambiente laboral sano y seguro como una responsabilidad colectiva. La Ley Karin establece que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género.
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