Diario Constitucional

Pesca y Acuicultura.

Ley que establece reglas de igualdad de género para el sector pesquero artesanal, fue publicada en el Diario Oficial.

Elimina las barreras de entrada a las mujeres como representantes de la pesca artesanal en los respectivos Comités de Manejo, exigiendo solo la inscripción en el Registro Pesquero Artesanal o en el Registro de Actividades Conexas de la Pesca Artesanal.

Por Redacción·15 de noviembre de 2024·2 min de lectura
Ley que establece reglas de igualdad de género para el sector pesquero artesanal, fue publicada en el Diario Oficial.
Referencial

Con fecha 12 de noviembre de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.703, que establece reglas de igualdad de género para la designación de representantes del sector pesquero artesanal en los comités de manejo establecidos en la Ley General de Pesca y Acuicultura.

La ley, iniciada por las diputadas Natalia Romero, Ana Bravo, Karen Medina, Daniella Cicardini, Danisa Astudillo, María Candelaria Acevedo, Carla Morales, y Carolina Tello, y de los diputados Daniel Manouchehri y Tomás De Rementería, tiene como propósito eliminar las barreras de entrada a las mujeres como representantes de la pesca artesanal en los respectivos Comités de Manejo, exigiendo solo la inscripción en el Registro Pesquero Artesanal o en el Registro de Actividades Conexas de la Pesca Artesanal. Además, busca asegurar el equilibrio de género en los aludidos representantes mediante el establecimiento de una fórmula ya aceptada a propósito de la discusión dada en el marco de tramitación de la ley 21.370 que modificó diversos cuerpos legales con el fin de promover la equidad de género en el sector pesquero y acuícola y, finalmente, mandatar que el reglamento de los Comités de Manejo considere criterios que permitan disminuir las brechas de participación de las mujeres en su conformación.

Para el cumplimiento de su propósito, la ley modifica el artículo 8 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, para establecer por parte de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, la constitución de un Comité de Manejo para la elaboración, implementación, evaluación y ajuste de planes de manejo pesquero. Este comité será asesor y estará presidido por el funcionario que designe el subsecretario.

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