Guía legal.
Sobre la ley que sanciona a los presos que tengan teléfonos celulares u otros elementos tecnológicos para comunicarse.
El preso que tenga en su poder esos elementos para la comunicación con el exterior sin estar legal o reglamentariamente autorizado, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio. Dicha pena va de 61 días a tres años de presidio.

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se da a conocer información sobre la penalización de la tenencia de celulares en las cárceles.
¿En qué consiste la modificación legal?
Se incorpora una norma que penaliza a quienes, estando privados de libertad, tengan en su poder intercomunicadores, teléfonos, partes de ellos, chips telefónicos u otros elementos tecnológicos que permitan comunicarse con el exterior.
Comentarios (1)
Manuel José Fernández Barros Sería ideal que, como parte de la noticia, indicaran de qué ley se trata (bastaría con el número, pero también se agradecería un link a la Biblioteca del Congreso).
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