España.
La patria potestad no puede ser suspendida aunque el padre se encuentre privado de libertad.
Deben existir antecedentes de violencia doméstica para justificar la suspensión de este derecho, ya que la mera privación de libertad de uno de los progenitores no basta por si sola.

La Audiencia Provincial de Burgos acogió parcialmente un recurso de apelación y revocó la sentencia que ordenó la suspensión del ejercicio de la patria potestad del padre que se encuentra en prisión.
La acción fue interpuesta por la madre del menor, que solicitó la modificación del régimen de visitas y la suspensión de la patria potestad del padre, para ejercerla por si sola. Aduce que durante años no supo el paradero del progenitor, por lo que “(…) tuvo que instar en varias ocasiones un procedimiento para obtener autorización judicial, ya que existen trámites esenciales para la vida cotidiana que requieren el consentimiento de ambos progenitores y no pueden cumplimentarse de no tener constancia del paradero del padre”.
El recurrente, quien lleva más de dos años privado de libertad, sostiene que los argumentos de la demandante son infundados, por incurrir en una interpretación errónea de la ley.
Te puede interesar

"En una operación especial de inteligencia", con la toxina botulímica.
Corte de Apelaciones de Santiago condenó a cuatro miembros en retiro del Ejército y un exfuncionario de Gendarmería por su responsabilidad en dos delitos consumados de homicidio y cinco homicidios frustrados de presos de la otrora Cárcel Pública, quienes fueron envenenados.

Reforma al sistema penitenciario
Los presos quieren trabajar, los parlamentarios deben hacer ahora su trabajo.

Recurso de amparo acogido.
Días cumplidos en prisión preventiva en una causa en la que el amparado es absuelto, no es un acto prohibido por la ley y se deben abonar al tiempo de la condena.

