Tribunal Pleno.
TC deberá resolver si admite a trámite requerimiento de inconstitucionalidad de norma sobre obligaciones fiscales en antiguo Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo.
Planteada la acción de inconstitucionalidad, le corresponderá al Tribunal Pleno decidir sobre su admisión a trámite y posterior admisibilidad, para luego emitir un pronunciamiento que termine eventualmente con la derogación de la norma controvertida.

Se solicitó declarar inconstitucional el artículo 5 de la Ley Nº 18.900, que pone término a la existencia de la Caja Central de Ahorros y Préstamos y a la autorización de existencia de la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo.
El precepto en cuestión dispone: “Para todos los efectos legales, a contar de la fecha de publicación del decreto supremo aprobatorio de la cuenta, serán de cargo fiscal las obligaciones de la Caja y de la Asociación que no alcanzaren a quedar cubiertas por el producido de las liquidaciones, debiendo consultarse los fondos necesarios en el presupuesto de la Nación, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 21, del decreto ley N° 1.263, de 1975”.
El requirente estima que la disposición impugnada vulnera los artículos 1º, inciso 3º, 5, inciso final, y 19 N° 24, de la Constitución Política, toda vez que la devolución a sus beneficiarios de los fondos del antiguo Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo, se encuentra condicionado a que el Presidente de la República autorice la liquidación del patrimonio de dicho sistema, lo que significaría supeditar y limitar el ejercicio del dominio a la ejecución de un acto de autoridad.




