Amparo de acceso a la información rechazado por CPLT.
Consejo para la Transparencia representa a Subsecretaría de Educación la necesidad de contar con información precisa y detallada de estudiantes que abandonan el sistema escolar.
Al no disponer de dicha información, la solicitud requerida demanda esfuerzos desproporcionados al órgano, por lo que se configura la causal de reserva de distracción indebida.

El Consejo para la Transparencia (CPLT) rechazó el amparo de acceso a la información de la Fundación Súmate deducido en contra de la Subsecretaría de Educación, a la que solicitó, con el objeto de asegurar el derecho a la educación de los niños y niñas que están fuera del sistema escolar, el nombre, dirección, teléfono, último establecimiento escolar en el cual estuvo matriculado, último curso aprobado, edad y contacto de quien fuera su apoderado, de todos los estudiantes de la comuna de San Pedro de la Paz que están fuera del sistema escolar formal.
La Subsecretaría negó la solicitud al peticionario, indicando que lo pedido no se encuentra dentro del marco de acceso a la información, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Transparencia. No obstante, en virtud del compromiso del Ministerio de Educación con el derecho de acceso a la información, y del principio de máxima divulgación consagrado en el artículo 11, letra d), de la aludida norma, proporcionó un enlace a su Centro de Estudios desde el cual se puede acceder a datos estadísticos sobre el tema requerido, reiterando que no está en la obligación legal de elaborar el material requerido para el solicitante.
Conocida la respuesta, la requirente interpuso amparo de acceso a información. Explica que la Fundación Súmate del Hogar de Cristo, se especializa en el reingreso, manteniendo muchas escuelas especializadas en ello, una de las cuales se ubica en San Pedro de La Paz, la que tiene cupos por llenar.
Temas
Te puede interesar

Recurso de protección acogido por Corte de Temuco.
Liceo de Temuco vulneró el derecho a la identidad de género de estudiante.

Reclamo de ilegalidad rechazado con voto en contra.
Municipalidad de Zapallar debe entregar a CIPER información asociada a propiedad de Magdalena Piñera Morel, resuelve la Corte de Santiago.

Solicitado por Ley de Transparencia.
Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad contra decisión que ordenó a laboratorio entrega de copia digital de antecedentes de registro de medicamento.

