Diario Constitucional

Amparo de acceso a la información acogido parcialmente por CPLT.

Subsecretaría de Educación debe entregar información sobre las denuncias de acoso y/o abuso sexual al interior del organismo.

El tiempo estimado por el órgano como necesario para la atención de la solicitud, no resulta desproporcionado siendo, por el contrario, abordable sin distraer indebidamente a los funcionarios del desarrollo de sus labores habituales.

Por Redacción·23 de abril de 2023·6 min de lectura
el economista ámerica
Referencial

El Consejo para la Transparencia (CPLT) acogió parcialmente el amparo de acceso a la información deducido en contra de la Subsecretaría de Educación, por el cual se solicitó información referida a “las denuncias de acoso y/o abuso sexual al interior del organismo, desde 1 de enero de 2018, en formato excel, desglosada por tipo de conducta denunciada (acoso sexual y/o abuso sexual), región de la denuncia, sexo y edad de la víctima, sexo y edad del denunciante, sexo, edad y nivel jerárquico de la persona denunciada o victimario. Además, se solicitó “una breve descripción de la denuncia, estado de tramitación, existencia de sanción, derivación al Ministerio Público, la indicación de las denuncias declaradas inadmisibles y si el victimario fue expulsado del organismo”.

La Subsecretaría de Educación respondió al requerimiento indicando que, en cuanto a la petición relativa al tipo de conducta denunciada; región de la denuncia, sexo y edad de la víctima; sexo y edad del denunciante; sexo, edad y nivel jerárquico de la denunciada; descripción de la denuncia y el estado procesal; y cantidad de abusos y acosos acreditados luego de la respectiva investigación administrativa, la información no se encuentra sistematizada en los términos requeridos, por lo que su entrega implicaría la elaboración de un documento ad hoc, sin que ello se enmarque en la esfera de lo determinado como solicitud de transparencia por el artículo 10 de la Ley N° 20.285.

Respecto de los documentos sobre acoso y/o abuso sexual al interior del organismo desde enero de 2018, indicó que, de acuerdo con lo que informa el Comité de Sumarios y Juicios de la División Jurídica, los instrumentos que deben examinarse para proceder a su entrega corresponden a un total de 184 archivos, los cuales deben revisarse en detalle, toda vez que, resulta preciso anonimizar y tarjar datos personales y de contexto que puedan implicar la revelación de información altamente sensible.

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