Acceso a la información pública.
Corporación Municipal está impedida de reclamar de ilegalidad contra el CPLT si funda su impugnación en alegaciones nuevas que no hizo valer en sede administrativa.
La reclamante alegó la falsedad en la identidad del solicitante de información, argumento desestimado por la Corte.

La Corte de Rancagua rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT), que le ordenó la entrega de información respecto de una licitación pública.
La reclamante señala que, en marzo de 2022, un particular solicitó la referida información directamente a la Corporación Municipal, petición que no fue respondida, por lo que aquel interpuso amparo de acceso a la información pública ante el CPLT, órgano que lo acogió y ordenó la entrega de toda la información relativa a dicha licitación.
En contra de esa decisión de amparo, la Corporación Municipal dedujo reclamo de ilegalidad argumentando que el nombre del solicitante es inventado, y que sólo se está utilizando para la obtención maliciosa de la información.
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