Impuesto de timbre y estampilla.
Corte de Puerto Montt confirma resolución del CPLT que rechazó amparo de acceso a información en contra del Servicio de Impuestos Internos.
La información que se solicita dice relación con datos, antecedentes y documentos susceptibles de revelar datos patrimoniales de otros contribuyentes, por lo tanto, corresponde aplicar la causal de reserva tributaria.

La Corte de Puerto Montt rechazó un reclamo de ilegalidad deducido por un particular en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT) que le negó el acceso a la información que había solicitado al Servicio de Impuestos Internos (SII), referida al pago de Impuestos de Timbres y Estampillas asociados a varios pagares que retuvo y pagó el BCI.
El SII declaró inadmisible la solicitud, ya que la información no se refiere específicamente a la exposición de un determinado acto, documento o antecedente que obrara en poder de ese servicio, ni a información elaborada con presupuesto público, sino que ella alude a la contenida en dos Formularios N°24 en los que se declaró un monto general en el cual se incluyeron otras operaciones de diversos contribuyentes, por lo que es imposible acceder a la información que en particular se requiere. Además de tratarse de información global, la misma está protegida tanto por la reserva tributaria como por la confidencialidad de los antecedentes económicos y patrimoniales de los contribuyentes.
Frente a la negativa del SII de entregar la información, el solicitante recurrió de amparo de acceso a la información ante el CPLT que lo rechazó, sosteniendo que, por tratarse los formularios solicitados de declaraciones obligatorias de impuestos de un tercero, que además se vincula no sólo a operaciones realizadas por el banco informante con el reclamante, sino también con otros contribuyentes, tales documentos se encuentran protegidos por la causal de reserva del secreto tributario.
Temas
Te puede interesar

Impuesto de timbres y estampillas
Gravamen al emprendimiento

"Podría permitir a un analista debidamente entrenado inferir debilidades, flaquezas o fragilidades de la labor realizada por la ANI".
Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad y ordenó mantener bajo reserva las bases de datos de la Agencia Nacional de Inteligencia, solicitadas por ley de transparencia.

Se deberán tarjar datos personales de contexto, patologías médicas y las sanciones efectivamente prescritas o cumplidas.
Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad y ordena entregar hoja de vida de ex comandante en jefe de la Fach.

