Diario Constitucional

Reclamo de ilegalidad rechazado.

Corte de Santiago confirma resolución que ordenó al Servel entregar información sobre representantes legales y/o delegados de cada organización de la sociedad civil registrada en la entidad, solicitada por Ley de Transparencia.

El Tribunal de alzada descartó que la información solicitada por ley de transparencia tenga el carácter de reservada o secreta.

Por Redacción·20 de junio de 2023·3 min de lectura
Corte de Santiago confirma resolución que ordenó al Servel entregar información sobre representantes legales y/o delegados de cada organización de la sociedad civil registrada en la entidad, solicitada por Ley de Transparencia.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución, adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que le ordenó al Servicio Electoral (Servel) entregar información sobre representantes legales y/o delegados de cada organización de la sociedad civil registrada en la entidad.

El fallo señala que no explica el SERVEL, en su reclamación, de qué manera, se vulnerarían los derechos de las personas que representan a las organizaciones civiles, cómo se afectaría su seguridad o su salud, ni qué parte de su vida privada o derechos comerciales o económicos estarían amagados de conocerse sus nombres, resultando contradictorio que estas personas realicen actuaciones de carácter público, ante un organismo público, y pretendan o aspiren a mantener su identidad en secreto.

La resolución agrega que, en cuanto a la causal del Nº 5 del artículo 21 de la Ley 20.285, que según el recurrente también concurriría en la especie, esta se refiere a documentos, datos o información que una ley de quorum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política, esto es, afectar el debido cumplimiento de las funciones de un órgano, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional. No cita el SERVEL ninguna ley de quorum calificado, que haya establecido el secreto o reserva respecto de los nombres de los representantes de las organizaciones civiles que se inscribieron para que sus representadas recibieran aportes y realizaran propaganda electoral con motivo del plebiscito del año 2022. Aparte de ello, tampoco se explica de qué manera, esta información, afecta los derechos de tales representantes.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.