Diario Constitucional

Reclamo de ilegalidad rechazado.

Corte de Santiago confirma resolución y ordena a la CMF entrega de información solicitada por ley de transparencia.

La Novena Sala del tribunal de alzada descartó que la entrega de la información solicitada por ley de transparencia esté cubierta por alguna causal de reserva o secreto.

Por Redacción·15 de noviembre de 2023·4 min de lectura
Imagen: radio.uchile.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad deducido en contra de la resolución, dictada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que le ordenó a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) la entrega de la información solicitada.

El fallo plantea que en lo que concierne a la causal de reserva contemplada en el N° 5 del artículo 21, relativa a aquellos documentos que una ley de quórum calificado haya declarado como reservados o secretos, también hay un impedimento formal para entrar a considerarla, toda vez que la CMF no dedujo esta alegación en la sede administrativa, limitándose en esa instancia a alegar como causal de reserva la prevista en el numeral 2° del citado artículo 21.

La resolución agrega que, si bien aquello es suficiente para desestimarla, pues de lo contrario se infringiría el principio de la congruencia, cabe agregar, además, que en caso alguno se configura la reserva opuesta, ya que el artículo 28 del D.L. N° 3.538 de 1980, consagra un deber funcionario de confidencialidad que no es suficiente para dar por configurada la causal de reserva del art. 21 Nº 5 referida.

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