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No hay causal de reserva.

CPLT acoge parcialmente amparo de acceso a la información contra Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente relativo a una solicitud de imposiciones no pagadas ni registradas.

Constituye una manifestación del derecho de petición y no del derecho de acceso a la información, toda vez que tiene por objeto provocar un pronunciamiento del órgano recurrido.

Por Redacción·24 de septiembre de 2018·1 min de lectura
CPLT acoge parcialmente amparo de acceso a la información contra Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente relativo a una solicitud de imposiciones no pagadas ni registradas.
Referencial

Se dedujo un amparo de acceso a la información contra el Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente, fundado en no haber dado respuesta a una solicitud de información sobre imposiciones no registradas ni pagadas el año 1995, cuando el solicitante se desempeñó en el Hospital Sótero del Río.

En sus descargos, el órgano requerido adjuntó una serie de correos electrónicos en donde diversos funcionarios hacen referencia a la situación del requirente en orden a no encontrar información sobre los certificados de cotizaciones. Finalmente, informa que el caso es complejo dada la pérdida de documentos producto de un aluvión.

Al respecto, el CPLT sostiene que el órgano no controvirtió las circunstancias fácticas descritas por el requirente, por lo que se tendrán por efectivas. En consecuencia, indica que, atendiendo que sólo se limita a señalar que no ha encontrado información sobre las cotizaciones respectivas, es que acoge el amparo en lo que atañe a las gestiones realizadas ante la Superintendencia de Pensiones por el órgano reclamado. Todo esto, a menos que dicha información no obre en su poder, situación que deberá explicar y acreditar en forma pormenorizada en sede de cumplimiento.

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