Amparo de acceso a la información acogido por CPLT.
Subsecretaría de Educación debe entregar la información solicitada que disponga sobre los colegios modulares.
No es causal de reserva ni fundamento para denegar la información el que ésta se encuentre en proceso de elaboración. En tal caso, puede subsanarse dicha situación, advirtiendo la falta de completitud de la información entregada, a fin de que potenciales usuarios adopten las precauciones y resguardos necesarios.

El Consejo para la Transparencia (CPLT) acogió el amparo de acceso a la información deducido en contra de la Subsecretaría de Educación, a la cual se le requirió “copia y/o acceso a todos los colegios registrados en la actualidad en Chile que estén funcionando como colegios modulares, separado por nombre del colegio, comuna, dirección, año de la implementación de los módulos y monto total para la implementación”.
La Subsecretaría de Educación respondió al requerimiento indicando que, de acuerdo con lo informado por el Gabinete Ministerial, la información solicitada se encuentra en proceso de recopilación, agregando que, dicho levantamiento estará disponible al cabo de 5 meses desde la fecha de la solicitud.
Conocida la respuesta, el requirente interpuso amparo de acceso a la información fundado en la respuesta negativa a la solicitud.
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