Respuesta incompleta y falta de causales de secreto/reserva.
Subsecretaría de Salud debe entregar información sobre las atenciones efectuadas por centros de salud durante el estallido social.
En caso de que no poseer todos los antecedentes requeridos deberá explicar detalladamente tal circunstancia.

El Consejo para la Transparencia (CPTL), acogió el amparo de acceso a la información pública interpuesto en contra de la Subsecretaría de Salud Pública y le ordenó entregar antecedentes sobre las atenciones realizadas por los centros públicos de salud durante el estallido social.
Respecto a la solicitud del peticionario en torno a acceder al número de atenciones efectuadas a nivel nacional/regional durante el estallido social en los centros de salud públicos (y al tipo de lesiones sufridas por las personas atendidas, sus edades/sexos, causas de las lesiones, fechas y ciudades donde acontecieron los hechos lesivos, pertenencia de los heridos a grupos especialmente protegidos y a la vinculación de algún tipo de armamento policial con la generación de las lesiones), señala La Subsecretaria que consultó al Departamento de Estadísticas e Información de Salud (DEIS), quien le comunicó que no cuenta con sistemas de información que recolecten los datos requeridos en la petición.
Añade que tal información no existe ni se encuentra en alguno de los soportes documentales mencionados en los artículos 5 y 10 de la Ley de Transparencia, no obstante, que el requirente puede acceder al sitio web del DEIS donde se encuentra información relativa a la salud.
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