Diario Constitucional

Presunción de inocencia en riesgo

Ejercer el control de convencionalidad, es un deber del Poder Judicial.

Se olvida absolutamente esta sala de la I. Corte de Apelaciones del control de convencionalidad, lo que nuevamente pone en cuestionamiento a los órganos superiores del Poder Judicial y en definitiva su compromiso con un efectivo respeto de los derechos humanos de parte del estado de Chile; adicionalmente se podría suponer, respetuosamente y en estricto sentido técnico del concepto, ignorancia supina, esto es, “negligencia en aprender o inquerir lo que puede y debe saberse”.

11 de enero de 2022·8 min de lectura
Imagen: Radio Pauta.
Referencial

Resulta preocupante y llama poderosamente la atención la sentencia de la novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en la causa número de ingreso 56-2022 del jueves 6 de enero, que revocó la resolución dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, que había ordenado mantener la medida cautelar de prisión preventiva de Nicolás Andrés Piña Palomera pero reconduciéndola a peligro de fuga y fijando caución en la suma de ocho millones de pesos, es decir, decretó la medida cautelar de 155 letra a) arresto domiciliario total y155 d) arraigo nacional del Código Procesal Penal. Recordemos que Nicolas Piña es imputado por el Ministerio Público como autor de los presuntos delitos consumados de lanzamiento de bombas molotov y homicidio frustrado de carabineros en servicio.

Los argumentos que esgrime la novena sala de la Corte en el numeral primero de la sentencia que se comenta son los que más sorprenden:

“1°.- Que en primer término debe tenerse presente que el principio de inocencia, que se ha invocado en la audiencia, se conmociona por la voluntaria actuación personal del individuo al incurrir en un hecho que reviste caracteres antijurídicos, de tal modo que la aplicación del régimen procesal penal a su respecto no puede considerarse a priori una actividad abusiva o infractora por parte del Estado”.

Comentarios (2)

  1. Juan Carlos Vistoso

    Buen día, otra buena razón más, para reiterar la petición de que el poder judicial tiene y debe ser elegido en votación popular, al igual que los demás poderes del Estado.

  2. Antoine Peñaloza

    Me imagino que si al colega le hubiesen tirado una molotov a su hijo, quemado su casa, su oficina o lo hubieran maltratado de obra o palabra por «los luchadores políticos», no diría tamaña aberraciones jurídicas. Son delincuentes comunes y cometieron delitos graves que deben ser castigas conforme a ello.

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