Colegiatura obligatoria abogados
Colegiatura Obligatoria de Abogados en Chile: Un análisis serio
Me parece imprescindible hacer presente las graves contradicciones, incoherencias y riesgos que provoca esta iniciativa (muy a tono con una progresión de control central y autoritarismo del Chile que vivimos). Y asimismo, su ineficacia (o mínimamente serias dudas) en cuanto a promoción efectiva de un desempeño ético de la profesión.

El reciente anuncio por parte del Colegio de Abogados de Chile, respecto a avanzar en el establecimiento dentro de la nueva Constitución de una adscripción obligatoria para todos los letrados del país a su organización gremial, no ha pasado desapercibida.
En mayor medida ha sido reprobada por abogados tanto al interior de la organización (una que posee menos del 90% de representación de abogados en ejercicio), como al exterior de la misma. Generando renuncias formales, cartas a la prensa, y manifestaciones de toda índole.
El fundamento del Colegio para impulsar en la nueva carta fundamental una excepción a la libertad de asociación, encaminada a consagrar constitucionalmente la colegiatura obligatoria, atiende -según lo enarbolado por dicha organización- a un intento de controlar la ética profesional de los abogados. Arguyendo, una supuesta incapacidad o falta de capacitación de los Tribunales de Justicia en la actualidad para sancionar conductas contrarias a lo que dicho organismo ha establecido como estándares éticos.
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Comentarios (3)
Rodrigo Urzúa P. Discrepo de casi todas las afirmaciones contenidas en esta opinión. Mientras más leo las objeciones, menos sustento le encuentro al rechazo de la colegiatura obligatoria. Por de pronto, atribuirle al Colegio las características del «leviatán», omnipotente y sancionador, es una suposición tan imaginativa como los reproches en que se basan los argumentos dado por el articulista. Todavía más, la idea de la colegiatura obligatoria no necesariamente supone la idea del colegio único: imagine el articulista un escenario de colegios múltiples, de manera que cada abogado pueda elegir el Colegio al que afiliarse. Lo trascedente, me parece, no es el Colegio ni el pago de las cuotas, sino el sometimiento a un código ético de conducta profesional que asegure un ejercicio digno de la abogacía; ello no en beneficio de los abogados, sino de los clientes.
Luis Morán A. Debemos defender la libertad de asociación porque al final del.camino lo que se pretende con la colegiatura obligatoria, la sindicalización obligatoria, la matricula escolar centralizada, un sola educación de sostenedor estatal, un único proveedor de toda clase de bienes públicos, etcetera, es tener el control social y.político de la población. En una palabra, totalitarismo. Lean a Hannah Arendt.
Gonzalo Vallejo Geiger Totalmente de acuerdo con el columnista!!. Por otro lado, cuando los propios integrantes del poder judicial dictan fallos carentes de razonamiento, fundamento o debida ponderacion de la prueba, es el abogado tramitador el que sufre las consecuencias de ese fallo, pero lo que es mas grave que muchos de esos fallos son dictados, a su vez, por integrantes de la directiva del colegio, y no quiero dejar en sus manos la posibilidad de ser sancionado por una falta de ponderacion cometida en el fallo por el mismo sentenciador. Viendo la realidad actual, ademas, y considerando que todas las listas que se presentaron a la eleccion en el Colegio de Abogados instan por la colegiatura obligatoria, voy a presentar mi renuncia a dicha asociacion





