Fiscalización tributaria de
Desde la falta de fiscalización de impuestos a nivel de entidades religiosas, hasta una valorada sentencia de transparencia a nivel de cultos
Dentro de las 3.819 denominaciones religiosas creadas bajo el amparo de la Ley Culto 19.638 del año 1999, parte de estas se encontrarían sujeta a fiscalización por parte del Servicio de Impuestos Internos –en lo que dice relación al tema patrimonial, el cual, da cuenta sobre una valorada resolución referente a la transparencia que debe existir en materia de cultos sobre el tema patrimonial de ingresos y egresos ligadas a ciertas entidades religiosas en Chile.

Dentro de las 3.819 denominaciones religiosas creadas bajo el amparo de la Ley Culto 19.638 del año 1999, parte de estas se encontrarían sujeta a fiscalización por parte del Servicio de Impuestos Internos –en lo que dice relación al tema patrimonial, el cual, da cuenta sobre una valorada resolución referente a la transparencia que debe existir en materia de cultos sobre el tema patrimonial de ingresos y egresos ligadas a ciertas entidades religiosas en Chile . . .
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Comentarios (2)
Antoine Peñaloza Sin perjuicio de que toda persona, institución y/o grupo no está por sobre la constitución ni la ley, el problema que se enfrenta en Estado, a la hora de recaudar impuestos, es que éstos tiene un componente ético-social muy fuerte. Debido a la corrupción que ha sido ampliamente difundida en los medios de comunicación en la última década, los contribuyente en general son reacios a seguir financiando a un aparato estatal y los poderes que la integran -Poder Judicial y Legislativo obviamente- que se han tornado en instituciones cooptadas por grupos de intereses, que indudablemente han ayudado a que el proceso insurreccional del 18.10 fuera posible. El Estado y toda su orgánica -entre ellas el SII y TGR- conforme la experiencia de los letrados que a diario litigan en diversos ámbitos del derecho, son los principales causantes de los descalabros económicos de las personas, sus familias y las pymes en general. Primero, debiera revisarse hasta qué punto los recursos de todos los chilenos -si, los impuestos vienen de nuestros bolsillos, no del Estado- son invertidos y fiscalizados para su correcto y legal uso, por cuanto la justificación ético-legal de los mismos es inversamente proporcional a la probidad de sus agentes. Porque, ¿si mis impuestos financian corruptos, desfalcos, nepotismos, malas praxis, abusos, etc, que no miran al bien común -porqué debo pagar impuestos? No olvidemos que la razón primordial, primigenia y única de existencia del Estado y su potestad tributaria está expresamente prescrita en el art. 1° de la Constitución, que el Estado- llámese Ejecutivo, Judicial y/o Legislativo, incluido el SII- deben respetar y promover.
nicolas retamales Para efectos de ilustración, remítase al medio de comunicación vergara 240 UDP adjunto link https://vergara240.udp.cl/ingresos-declarados-de-cultos-religiosos-suman-mas-de-175-mil-millones/ en la cual, se establece por medio del respectivo reportaje, los ingresos declarados por cultos religiosos ante el Sii suman más de 175 millones entre el 2018 y 2019. juzgue usted personalmente a la luz de lo publicado si existe o no falta de fiscalización.
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