Control preventivo de legalidad
La Resolución N°36 de la Contraloría: ¿Modernización del control o debilitamiento del principio de legalidad?
La Resolución N°36 de 2024, dictada por la Contraloría General de la República, redefine los márgenes del trámite de toma de razón y amplía las exenciones a su control preventivo. La medida se presenta como un instrumento de modernización administrativa, pero plantea interrogantes de fondo sobre el equilibrio entre eficiencia y legalidad, el control ex ante del gasto público, y las garantías de probidad y transparencia que caracterizan a nuestro modelo. Este artículo examina críticamente sus alcances, tensiones y riesgos institucionales.

Un nuevo paradigma en el control de legalidad
La Resolución N°36, publicada en diciembre de 2024, representa un viraje relevante en la historia del control preventivo ejercido por la Contraloría General de la República (CGR). Su objetivo declarado es “rediseñar y reforzar los controles de reemplazo”, priorizando la toma de razón solo respecto de los actos “esenciales por su entidad o trascendencia”.
En términos operativos, la norma sistematiza y amplía las exenciones del trámite de toma de razón, fijando directamente los umbrales monetarios, categorías de actos y materias que quedarán fuera de dicho control. Además, incorpora la posibilidad de que la CGR, de oficio o a petición de un órgano público, establezca exenciones o afectaciones temporales según criterios de oportunidad o eficiencia.
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