Derechos de instituciones
Objeción de Conciencia Institucional: Debates sobre un Derecho Controversial.
El reciente debate suscitado a raíz de la consagración del derecho a la objeción de conciencia en el Consejo Constitucional plantea algunas interrogantes que deben ser dilucidadas. ¿Pueden las personas jurídicas invocar derechos que históricamente pertenecieron a las personas naturales? ¿Abre la puerta la objeción de conciencia institucional a excusas para incumplir la ley arbitrariamente? ¿Qué implicancias tiene el reconocimiento a las instituciones de invocar el derecho a la libertad de conciencia, religión y pensamiento?

El reciente debate suscitado a raíz de la consagración del derecho a la objeción de conciencia en el Consejo Constitucional plantea algunas interrogantes que deben ser dilucidadas. ¿Pueden las personas jurídicas invocar derechos que históricamente pertenecieron a las personas naturales? ¿Abre la puerta la objeción de conciencia institucional a excusas para incumplir la ley arbitrariamente? ¿Qué implicancias tiene el reconocimiento a las instituciones de invocar el derecho a la libertad de conciencia, religión y pensamiento . . .
Comentarios (1)
Rodolfo Torres Estimado Raimundo, le comparto esta carta enviada hace dos dias a la Comisión Experta: Muy estimado comisionado experto Saludos cordiales Le escribo para solicitarle pueda tener a bien atender a la siguiente petición que expongo: La norma de Libertad Religiosa que incluye el derecho a la objeción de conciencia institucional asegura y garantiza mucha paz y tranquilidad para los evangélicos chilenos, y lo mismo para toda la sociedad, que no sufrirá ácidas tensiones ni caldeados ánimos, por lo que pido a usted favorecer su permanencia en el texto. Sucede en muchos países, pero sobre todo en Canadá y Estados Unidos, que las parejas gays, piden que se les preste o arriende salones de los templos evangélicos para la realización de sus bodas, piden también a pequeñas empresas pasteleras, imprentas y afines, que les preparen tortas y tarjetas de invitación con mensajes relacionados a este tipo de eventos. Como usted sabe y entiende, estas actividades violentan nuestros principios y valores morales y éticos cristianos, por lo que, pastores y también sacerdotes, al negar las solicitudes, son denunciados por discriminación, muchas veces públicamente por los medios de comunicación, y los jueces les aplican onerosas multas, que, si no cancelan, son amenazados con penas de cárcel. Este tipo de casos judiciales, remontan a tribunales mayores incluso hasta las Cortes Supremas, originando mucha irritación en las sociedades, por lo que la objeción de conciencia institucional producirá mucha paz social y consecuentemente orden público. Agradeciendo infinitamente su consideración, queda de usted Rodolfo Torres Valdés Director Ejecutivo ONG Chile Cristiano
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