Teoría del poder constituyente
Poder constituyente y teoría de la elección pública.
Se examina el contexto de surgimiento de la teoría del poder constituyente y su progresivo anacronismo, a partir de la superación de las fundamentaciones teológicas y filosóficas del poder en sociedades regidas por instituciones democráticas y deliberativas. En tal sentido, con base en la teoría de la elección pública, se plantea que la Convención Constitucional no opera como una entidad con vida propia llamada “poder constituyente” originario, soberano, sino como una agrupación de individuos concretos, con intereses, visiones, compromisos, sesgos y fines propios, legitimados por el voto popul

“El poder constituyente originario está siempre fuera del orden jurídico. Su naturaleza misma es la insubordinación. Aparece en su plenitud en los períodos de crisis, cuando la colectividad desborda los cuadros políticos y sociales de manera revolucionaria”.
Genaro Carrió, Notas sobre Derecho y Lenguaje, 1998, p. 245.
Comentarios (1)
Alfonso j. Videgain Santiago Los sesgos progresistas, indigenistas, colectivistas e identitarios que dominan el ambiente de la Convención está muy bien dibujada en este excelente artículo. Por supuesto, está escrito en nivel alto y no parece hablar en tono despectivo. En su núcleo, destaca el peligro de un afán de legitimación de un poder absoluto, en el lenguaje de un grupo mayoritario de convencionistas. Felicitaciones al autor.
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