Inconsistencias en el borrador
Por una verdadera comisión redactora de la nueva Constitución.
Si no es la Comisión Armonización ni tampoco la Mesa de la Convención, las que tienen las facultades de presentar al Pleno un texto coherente ¿Quién lo hará? Es imprescindible que se modifique el reglamento y se amplíe el mandato de la Comisión de Armonización, para convertirla en una verdadera comisión redactora de un nuevo texto constitucional para Chile.

Las últimas semanas la Convención Constitucional ha avanzado a marchas forzadas aprobando los informes propuestos por las diversas comisiones establecidas. Ello ha permitido comenzar a configurar un comienzo de borrador de texto constitucional, aunque aún falta bastante por definir en materias de la mayor importancia como, por ejemplo, lo que emanará de la Comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas.
De lo aprobado, sin entrar a calificar su mérito, se aprecia que con frecuencia hay repeticiones (muchas), potenciales contradicciones, o que, al menos, presentan dudas sobre sus consistencias mutuas.
Ejemplos de los anterior: respecto a los derechos de la naturaleza. Dicha materia fue tratada en 3 comisiones, y figura hoy, por esa razón, en tres partes del texto aprobado: en principios (art. 6), parte general de derechos fundamentales, y en lo relativo a medio ambiente y modelo económico (artículo 4). El primero señala: “La naturaleza tiene derechos. El Estado y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos (art. 9). Luego, en derechos fundamentales, en titularidad de derechos (art. 6º) se señala: “La Naturaleza será titular de los derechos reconocidos en esta Constitución que le sean aplicables”. En cambio, en el acápite sobre Medio Ambiente y Modelo Económico, se señala: “Articulo 4.- De los derechos de la Naturaleza. La Naturaleza tiene derecho a que se respete y proteja su existencia, a la regeneración, a la mantención y a la restauración de sus funciones y equilibrios dinámicos, que comprenden los ciclos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad.”
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