Privacidad en datos patrimoniales
Tratamiento de Datos Personales (DP) Patrimoniales Positivos y vulneración de la Autodeterminación Informativa.
A la Comisión Mixta se le olvidó que lo regulado es muy diverso a lo establecido en la Ley N° 21.680 sobre consolidación de deudas, porque en ella cabe consultar lo consolidado, lo positivo (el patrimonio y los créditos en curso) con lo negativo (la mora y los protestos o la insolvencia), sólo si el deudor consiente expresamente, deudor a deudor y para un acreedor determinado, no como en este caso en que la solvencia y los créditos en curso se tratarán/comunicarán sin su consentimiento y, por ende, sin su autodeterminación.

A la Comisión Mixta se le olvidó que lo regulado es muy diverso a lo establecido en la Ley N° 21.680 sobre consolidación de deudas, porque en ella cabe consultar lo consolidado, lo positivo (el patrimonio y los créditos en curso) con lo negativo (la mora y los protestos o la insolvencia), sólo si el deudor consiente expresamente, deudor a deudor y para un acreedor determinado, no como en este caso en que la solvencia y los créditos en curso se tratarán/comunicarán sin su consentimiento y, por ende, sin su autodeterminaci . . .





