
Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.
Si existen recursos pendientes por resolver no procede decretar el abandono del procedimiento resuelve la Corte Suprema.
El tribunal de base acogió el incidente estando pendiente un recurso de reposición con apelación en subsidio presentado por el demandante en contra de la interlocutoria de prueba, infringiendo con ello los artículos 152 y 319 del Código de Procedimiento Civil.
08 de septiembre de 2022
