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Imagen: agpasesores.com

Casación fondo acogida

Corte Suprema descarta el precario cuando existe acuerdo previo entre las partes sobre el uso del inmueble

El fallo precisa que la acción de precario exige la ausencia total de un vínculo jurídico, de modo que no procede cuando la ocupación se funda en un acuerdo —aunque sea verbal— que explique la tenencia del bien, especialmente si dicho entendimiento se inserta en relaciones familiares y se ha mantenido de forma prolongada en el tiempo, descartándose así que se trate de una mera tolerancia del propietario.

06 de abril de 2026