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Imagen: elperiodico.com

Acción de protección acogida

Corte Suprema confirma fallo que obliga a Banco a restituir fondos por fraude electrónico

La clienta sufrió la sustracción de 35 UF de su Cuenta RUT tras una llamada telefónica fraudulenta. Cumplió con todos los requisitos legales para solicitar la restitución, incluyendo la denuncia y declaración jurada. BancoEstado rechazó la solicitud, argumentando negligencia de la clienta. La Corte consideró ilegal y arbitraria la negativa del banco, por desconocer el procedimiento de la Ley N° 20.009. Se ordenó al banco restituir los fondos y pagar las costas del juicio.

17 de junio de 2025

ecommercenews.pe

Recurso de protección acogido en alzada.

Banco Estado incumplió normativa sobre fraudes y debe restituir suma sustraída mediante el uso fraudulento de tarjeta de crédito de una usuaria, puesto que no acreditó culpa grave ni dolo de la afectada, resuelve la Corte Suprema.

La Ley N° 21.234 establece que la institución financiera debe recibir y procesar reclamos sobre operaciones no autorizadas realizadas en los 120 días previos al aviso, y cuyo plazo de presentación es de 30 días hábiles a contar desde que el usuario toma conocimiento de dichas operaciones. La institución debe cancelar o restituir los fondos correspondientes dentro de 5 días hábiles para montos iguales o inferiores a 35 UF, y dentro de 7 días adicionales para montos superiores, salvo que pueda probar dolo o culpa grave del usuario.

17 de septiembre de 2024