Diario Constitucional

Recurso de protección acogido en alzada.

Banco Estado incumplió normativa sobre fraudes y debe restituir suma sustraída mediante el uso fraudulento de tarjeta de crédito de una usuaria, puesto que no acreditó culpa grave ni dolo de la afectada, resuelve la Corte Suprema.

La Ley N° 21.234 establece que la institución financiera debe recibir y procesar reclamos sobre operaciones no autorizadas realizadas en los 120 días previos al aviso, y cuyo plazo de presentación es de 30 días hábiles a contar desde que el usuario toma conocimiento de dichas operaciones. La institución debe cancelar o restituir los fondos correspondientes dentro de 5 días hábiles para montos iguales o inferiores a 35 UF, y dentro de 7 días adicionales para montos superiores, salvo que pueda probar dolo o culpa grave del usuario.

Por Redacción·17 de septiembre de 2024·4 min de lectura
ecommercenews.pe
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Temuco, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Banco del Estado de Chile, por la negativa a restituir la suma sustraída a la recurrente, mediante el uso fraudulento de su tarjeta de crédito.

La recurrente expuso que en el mes de agosto fue contactada por un ejecutivo del Banco respecto a una compra internacional que intentó realizarse con su tarjeta de crédito por un monto de U$1.567,77 dólares, la cual rechazó explícitamente. A pesar de su negativa y de bloquear sus tarjetas, la compra se concretó, resultando en una deuda de $1.489.382.- pesos. Alegó que nunca recibió notificación alguna de la transacción, la cual fue procesada a pesar de su rechazo expreso.

Agregó que el Banco se negó a cancelar los cargos o restituir los fondos, argumentando que su reclamación no fue oportuna, lo que la llevó a pagar intereses para evitar ser enviada a DICOM.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.