
Corte de Santiago
Reclamación de Clínica Santa María contra cargos formulados por Superintendencia de Salud se declara inadmisible
La acción no es procedente por cuanto el acto impugnado tiene el carácter de acto trámite y no corresponde a una resolución definitiva susceptible de ser reclamada conforme al artículo 113 del DFL N°1 de 2005, disposición que solo permite impugnar sanciones o instrucciones. Descartó la aplicación de la Ley N°19.880, priorizando la normativa especial del sector salud.
06 de julio de 2025
