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Corte Suprema califica como autotutela el corte de luz aplicado por comité de parcelación rural fuera de la Ley de Copropiedad

El máximo Tribunal estimó que un comité de administración de una parcelación rural no puede suspender el suministro eléctrico como mecanismo de cobro de gastos comunes, al tratarse de una medida de apremio que solo puede establecerse por ley, calificando el actuar como un acto de autotutela y ordenando restituir el servicio a una propietaria de Isla de Maipo cuyo predio había quedado sin luz y sin acceso a agua por la decisión adoptada por la comunidad.

12 de febrero de 2026

nostalgica.cl

Fallo confirmado por Corte Suprema

Corte del suministro eléctrico por deuda de 55 meses de gastos comunes impagos, se ajusta a derecho.

La Administración del Condominio, se ha ceñido al procedimiento establecido el Reglamento de Copropiedad, y a la Ley N°21.442, en especial a lo preceptuado en su artículo 20 N°9, toda vez que el actor mantiene una deuda cuantiosa por concepto de gastos comunes, que habilita a adoptar la medida de corte de agua caliente que implica el uso del sistema de calderas, manteniendo el suministro de agua potable, acción que por lo demás, corresponde a la ejecución de un acuerdo de la Asamblea Ordinaria de 8 de febrero de 2013, que se aplica de forma uniforme a todas las unidades que tengan deudas moros

14 de febrero de 2025