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Corte Suprema acoge recurso de queja y deja sin efecto caducidad parcial en demanda de tutela laboral por auto despido

Acceso a la justicia

Corte Suprema acoge recurso de queja y deja sin efecto caducidad parcial en demanda de tutela laboral por auto despido

Concluyó que los jueces aplicaron erróneamente el plazo del artículo 486 del Código del Trabajo, señalando que en casos de despido indirecto corresponde aplicar el artículo 489 y que la caducidad afecta a la acción y no a los hechos que la sustentan. La caducidad es una sanción que afecta a la acción cuando se ejerce extemporáneamente, pero jamás a los hechos que le sirven de fundamento.

05 de marzo de 2026

Imagen: redaccionmedica.com/

Opinión

El suicidio como expresión del daño psicosocial en el trabajo: análisis de su reconocimiento como accidente laboral en Chile y los desafíos probatorios del artículo 5° de la Ley N° 16.744. Parte III, por Enrique Escobar, Francisco LLaneza, Andrés Lucero y Francisco Palencia-Sánchez

¿Puede el enfoque comparado ayudar a fortalecer el reconocimiento del suicidio como accidente laboral en Chile? Diversos sistemas jurídicos han avanzado hacia interpretaciones más integrales que consideran el sufrimiento psíquico como consecuencia de entornos laborales adversos. Estas perspectivas permiten reevaluar el vínculo entre condiciones de trabajo y decisiones extremas, superando visiones reduccionistas sobre la intencionalidad. Incorporar dichos enfoques podría enriquecer la aplicación del artículo 5° de la Ley N° 16.744, promoviendo una evaluación más contextual, fundada en la sana c

14 de julio de 2025

Imagen: El Confidencial

Organización del trabajo remoto

El teletrabajo en Chile: Regulación legal y perspectivas de futuro. Primera parte

Aunque suele asociarse únicamente al trabajo remoto, el teletrabajo es un concepto más complejo, que involucra diversas formas de organización laboral mediadas por tecnologías, y cuya definición ha evolucionado tanto en la doctrina como en la legislación chilena, especialmente a partir de la Ley N° 21.220. La ley distingue el teletrabajo por el uso de medios tecnológicos y regula expresamente el lugar desde donde se prestan los servicios. Este puede ser el domicilio del trabajador u otro sitio acordado, siempre que no sea designado ni habilitado por el empleador. Esta disposición impide aplica

27 de mayo de 2025