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Opinión

Nueva jurisprudencia de la Corte Suprema en materia de publicación de pagarés no protestados, por Antonio López Pardo

Durante el primer semestre de 2025, la Corte Suprema de Chile consolidó un giro jurisprudencial que permite la publicación de deudas contenidas en pagarés no protestados, si existe renuncia expresa al protesto. Este cambio afecta directamente a la industria del crédito y a los registros comerciales como el BIC y Dicom, al interpretar armónicamente el D.S. N° 950 y la Ley N° 19.628 sobre protección de datos personales.

15 de julio de 2025

imagen: novicap.com

Recurso de protección rechazado por la Corte Suprema.

Informe de deuda publicado por DICOM no es ilegal si el deudor reconoce la existencia y el incumplimiento de la obligación.

Una empresa intentó eliminar de la base de datos de Equifax un informe por morosidad, en circunstancias que reconoce la prestación de servicios adeudada, pero no la calidad de “actualmente exigible” de la obligación. La magistratura estimó que dicha controversia escapa de los límites de la acción cautelar, y que debe ser resuelta por la justicia ordinaria.

17 de mayo de 2024

Aunque el derecho a la protección o reserva de los datos y el derecho a la intimidad tienen evidentes caracteres comunes, no todo acceso a datos protegidos constituye por sí misma una violación del derecho a la intimidad.

Tribunal Supremo de España.

Aunque el derecho a la protección o reserva de los datos y el derecho a la intimidad tienen evidentes caracteres comunes, no todo acceso a datos protegidos constituye por sí misma una violación del derecho a la intimidad.

Una cosa es la infracción de la normativa sobre protección de datos, que puede dar lugar a una sanción administrativa y otra la obtención de una indemnización que no puede ser automática; sin que quepa una equiparación lineal entre infracción e indemnización.

05 de abril de 2024

imagen: plataformas.news

Daños y perjuicios.

DIRECT TV debe indemnizar a mujer por incluirla en un registro de morosos en virtud de una deuda inexistente, resuelve un tribunal argentino.

De haber tomado una actitud más diligente, adoptando un mínimo de recaudos para verificar los extremos que le fueron puesto en conocimiento, por cuanto estaba en mejores condiciones de corroborar la legitimidad de la deuda que hace a la especialidad de su actividad, habría evitado los perjuicios innecesariamente generados a causa de su omisión.

02 de enero de 2024

imagen: cnet.com

España.

EQUIFAX es condenada al pago de millonaria indemnización en favor de empresa que fue incluida indebidamente en su registro de deudores, vulnerando con ello su derecho al honor.

No es creíble que solo haya percibido 154 euros de beneficios por consultas cuando es sabido que la demandante es una empresa que necesita de financiación, por lo que las entidades bancarias constantemente la evaluaban. Hay que añadir que EQUIFAX ha mantenido una actitud obstruccionista en todo el proceso.

07 de enero de 2023