
Custodia de expolicías imputados
Custodia de funcionarios policiales imputados: lo que dice el artículo 23 del DL 2.460
El deber estatal de proteger la vida e integridad de quienes se encuentran privados de libertad no puede quedar condicionado por razones administrativas o de gestión. La separación de exfuncionarios policiales respecto de la población penal común encuentra fundamento en la normativa interna y en los estándares internacionales de derechos humanos, especialmente cuando existe un riesgo previsible para su integridad.
16 de septiembre de 2026










