Diario Constitucional

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#Ley N° 19.983

legalchile.cl

Invalidación de oficio

Corte Suprema deniega ejecución de facturas por falta de causa y declara nulidad absoluta de las obligaciones

El máximo Tribunal acogió la excepción de nulidad de la obligación en un juicio ejecutivo por cobro de tres facturas, tras constatar que carecían de respaldo en órdenes de compra, no ingresaron a la contabilidad y no se entregaron las mercaderías correspondientes. El fallo aclara que las facturas son títulos causados vinculados a contratos reales, y que la falta de causa constituye una nulidad absoluta de la obligación, aplicable incluso frente a cesionarios.

27 de octubre de 2025

enestrado.com

Casación en el fondo

Falsificación material es la única causal de oposición en gestión preparatoria de notificación de facturas, resuelve la Corte Suprema

El máximo Tribunal desestimó la oposición presentada por la Municipalidad de Concepción, precisando que, tras la modificación introducida por la Ley N° 20.956, el único supuesto de oposición a la gestión preparatoria de notificación de facturas, según perentoriamente prescribe el artículo 5° letra d) de la Ley N° 19.983, corresponde a la falsedad material, sin que resulten admisibles en esta etapa impugnaciones basadas en otra clase de alegaciones.

29 de agosto de 2025

cronista.com

Casación de oficio

Corte Suprema declara nulidad de factura por falta de entrega de las cosas supuestamente vendidas

El máximo Tribunal estableció que la factura en cuestión carecía de causa válida, al no acreditarse la entrega efectiva de las mercaderías facturadas. Asimismo, precisó que la cesión puede efectuarse antes de los ocho días legales, aunque en ese caso el deudor puede oponer excepciones contra el cesionario. Por tanto, acogió la alegación de nulidad de la obligación y puso término a la ejecución.

17 de agosto de 2025

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Recurso de casación en el fondo

Si las facturas son cedidas antes de quedar irrevocablemente aceptadas, no se afecta su mérito ejecutivo, si su contenido no fue reclamado.

No afecta la validez de la cesión el que se efectúe antes de que la factura quede irrevocablemente aceptada, pues ello sólo incide en que el deudor podrá oponer al cesionario todas las excepciones que hubiere podido oponer al cedente, reales o personales, situación que no afecta el mérito ejecutivo de las facturas cobradas, en tanto aparecen recibidas por la deudora, su contenido no fue reclamado, su pago es actualmente exigible y la acción de cobro no está prescrita.

18 de marzo de 2025