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No resulta admisible absolver por la tardanza con que víctima de violencia sexual devela los hechos que le habrían ocurrido, pues ello pugna con las máximas de la experiencia observadas en la práctica forense.

Opinión.

¿Cuál es la diferencia entre jurisprudencia y doctrina?, por Yolanda Rodríguez Vidales.

La jurisprudencia se puede entender en tres sentidos: Como sinónimo de ciencia del derecho (o como día Ulpiano “La ciencia de lo justo y de lo injusto”), como conjunto de sentencias o fallos dictados por los jueces u órganos jurisdiccionales y como el conjunto de sentencias dictadas sobre un mismo punto con el propósito de obtener una interpretación uniforme del derecho en los casos que la realidad presenta a los jueces.

16 de agosto de 2024