Diario Constitucional

Opinión.

¿Cuál es la diferencia entre jurisprudencia y doctrina?, por Yolanda Rodríguez Vidales.

La jurisprudencia se puede entender en tres sentidos: Como sinónimo de ciencia del derecho (o como día Ulpiano “La ciencia de lo justo y de lo injusto”), como conjunto de sentencias o fallos dictados por los jueces u órganos jurisdiccionales y como el conjunto de sentencias dictadas sobre un mismo punto con el propósito de obtener una interpretación uniforme del derecho en los casos que la realidad presenta a los jueces.

Por Yolanda Rodríguez Vidales·16 de agosto de 2024·7 min de lectura
No resulta admisible absolver por la tardanza con que víctima de violencia sexual devela los hechos que le habrían ocurrido, pues ello pugna con las máximas de la experiencia observadas en la práctica forense.
Referencial

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo ¿Cuál es la diferencia entre jurisprudencia y doctrina?, por Yolanda Rodríguez Vidales.

En nuestro país, «Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho», así queda claramente establecido en el Artículo 1.1. Código Civil. Sin embargo, también existen lo que se denominan fuentes indirectas del derecho y aquí entrarían la jurisprudencia y la doctrina.

La principal diferencia estriba en que la jurisprudencia son decisiones emanadas por un tribunal superior que sirven como base para un caso similar, mientras que la doctrina son las opiniones y medios que utilizan los juristas en sus argumentos (como libros, la Constitución, las leyes, etc). Eso sí, ambas tienen por función velar por la correcta interpretación de las leyes.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.