Diario Constitucional

Casos de República Dominicana y Chile.

Acerca del incumplimiento de las sentencias de Tribunales Constitucionales.

El desconocimiento a los fallos del TC genera la nulidad del acto o la sentencia que inobserva el precedente vinculante.

Por Redacción·08 de julio de 2016·3 min de lectura
Acerca del incumplimiento de las sentencias de Tribunales Constitucionales.
Referencial

Recientemente, juristas dominicanos abordaron el incumplimiento de las sentencias del Tribunal Constitucional de ese país por parte de diversos sectores de la sociedad dominicana, especialmente las instituciones del Estado, entre las cuales se encuentran la Procuraduría General de la República (PGR), el Ministerio de Defensa (MIDE), el Ejército de la República Dominicana (ERD) y la Armada de la República Dominicana (ARD).

Al efecto, recuerdan entre otros casos que, pese a que las decisiones del Constitucional son inapelables y vinculantes para los poderes públicos y órganos del Estado, la Armada Dominicana no reintegró, como se le ordenó en la sentencia TC/0367-14, al capitán de navío Huáscar Miguel Peña Lizardo.

Asimismo, la Magistratura constitucional tras confirmar una resolución del Tribunal Superior Administrativo (TSA), en la cual se ordenaba el reintegro como procurador adjunto a Henry Tomás Cerda, en el año 2012, el procurador General Francisco Domínguez Brito, no ha ejecutado la sentencia TC/344-15 emitida desde abril del 2015.

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