Debido Proceso.
Alcaldesa de Lampa solicita se declare inaplicable norma de LOC de Municipalidades para evitar ser cesada en su cargo.
La gestión pendiente incide en autos sobre requerimiento de remoción del cargo de alcalde, seguido ante el Segundo Tribunal Electoral Regional de la Región Metropolitana.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 60, inciso octavo, en el DFL N° 1, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “Con todo, la cesación en el cargo de alcalde, tratándose de las causales contempladas en las letras a), b) y c), operará sólo una vez ejecutoriada la resolución que declare su existencia. Sin perjuicio de ello, en el caso de notable abandono de deberes o contravención grave a las normas sobre probidad administrativa, el alcalde quedará suspendido en el cargo tan pronto le sea notificada la sentencia de primera instancia que acoja el requerimiento. En tal caso se aplicará lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 62”.
La gestión pendiente incide en autos sobre requerimiento de remoción del cargo de alcalde, seguido ante el Segundo Tribunal Electoral Regional de la Región Metropolitana, en los que se solicitó la remoción de la alcaldesa de Lampa requirente, por la causal establecida en la letra c) del artículo 60 de la ley Nº 18.695, solicitando la aplicación de la sanción de cesación del cargo alcalde y la inhabilitación para ejercer cargos públicos por cinco años.
Te puede interesar

Debido Proceso.
Municipalidad de Maipú solicita se declare inaplicable norma que le prohíbe apelar resolución del CPLT y que la obliga a entregar información respecto a luminarias viales.

Primera Sala.
TC deberá conocer del fondo de inaplicabilidad que impugna norma que le entrega facultades exclusivas a Comisión de Sanidad de las FFAA para diagnosticar a miembros de dicha Institución como «inútiles» para desempeñarse en el servicio.

Acta N° 53 de la CS.
TC declara admisibles inaplicabilidades que impugnan norma que exige impedimento absoluto para suspensión de audiencias en procesos penales, en contexto de la crisis sanitaria por Covid-19.

