Diario Constitucional

Derecho administrativo sancionador.

Contraloría rechaza reclamo de empresas eléctricas en contra de la SEC por supuestas vulneraciones de garantías constitucionales.

La Superintendencia informó que la Contraloría debe abstenerse de intervenir, ya que se contempla por la legislación vigente el control de legalidad por vía de recurso ante la Corte de Apelaciones correspondiente, de conformidad al inciso primero del artículo 19 de la Ley N° 18.410.

Por Redacción·24 de octubre de 2011·2 min de lectura
Ciper Chile
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La Superintendencia informó que la Contraloría debe abstenerse de intervenir, ya que se contempla por la legislación vigente el control de legalidad por vía de recurso ante la Corte de Apelaciones correspondiente, de conformidad al inciso primero del artículo 19 de la Ley N° 18.410.

En su pronunciamiento la Contraloría expuso que no se inhibirá de conocer el asunto, reiterando su criterio en orden a que “la sola existencia de una acción jurisdiccional, contemplada como alternativa de impugnación de ciertos actos administrativos en el marco de un procedimiento que se sigue ante la Administración, no confiere carácter litigioso a los asuntos en que dicha acción puede incidir, de modo que no resulta del caso acoger el aludido planteamiento”.

En lo referido a la legalidad de los cargos, el órgano contralor “advierte que éstos cumplen con el requisito de precisión y claridad que exige el ordenamiento jurídico vigente”, en la medida que “contienen los hechos constitutivos de las infracciones que se les imputan a las empresas y el modo en que aquéllos han afectado los deberes establecidos en las disposiciones que en los mismos cargos se señalan, de manera que su descripción resulta suficiente para una adecuada defensa. En consecuencia, debe desestimarse el reclamo planteado por las recurrentes”, entendiendo que las potestades de la Superintendencia “constituyen una manifestación del ius puniendi general del Estado, razón por la cual se ha entendido que es posible aplicar -con matices- los principios del derecho penal al derecho administrativo sancionador, ámbito de los cargos que en materia eléctrica ahora interesan”.

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